En una sentencia hecha pública el 23 de junio, el Tribunal Supremo ha establecido que la imagen de une persona pública en topless, si se trata de una miss o una modelo, puede tener un "interés propio" y "puede ser noticia" para los medios del "género frívolo, de entretenimiento o de espectáculos", informa El Periódico de Catalunya.

Esta decisión da la razón a la revista Interviú, que fue condenada por la Audiencia de Madrid a pagar 30.000 euros a María Reyes, Miss España 1995, por la publicación de unas fotos suyas mostrando los senos en una playa de Ibiza."El personaje público que en un lugar público se expone a mirada ajena asume que su imagen puede ser captada y difundida sin su consentimiento", siempre que dicha imagen entre en el marco definido por el Tribunal.